Sindicato Único de Burgos de la CGT

  • Aumentar el tamaño de la letra
  • Volver al tamaño normal de la letra
  • Disminuir el tamaño de la letra
Principal Secs. Sindicales Junta de Castilla y León
Junta de Castilla y León

CGT RECURRE EL IMPAGO DE LA PAGA EXTRA

CGT Recurre el impago de la Paga Extra

LO RECURRIDO ES EL PAGO ÍNTEGRO DE LA PAGA EXTRA EN SU TOTALIDAD Y EN SU DEFECTO O SUBSIDIARIAMENTE LA PARTE PROPORCIONAL CORRESPONDIENTE.

EL PLAZO DE RECLAMACIÓN EN FUNCIONARIOS SE ALARGA HASTA LOS CUATRO AÑOS Y UN AÑO PARA PERSONAL LABORAL.

VAMOS A INICIAR ESTA LUCHA CON LA PRESENTACIÓN DEL RECURSO, PERO DEJANDO MUY CLARO A TODO EL MUNDO QUE CGT, LLEGARÁ HASTA EL FINAL. CGT SE HARÁ CARGO DEL PAGO DE COSTAS, PROCURADOR Y DEMÁS GASTOS QUE PUDIERA SER NECESARIOS.

ESTE ES EL MOMENTO OPORTUNO PARA HACERLO. PUESTO QUE NO HABER COBRADO LA EXTRA YA ES REAL Y POR TANTO RECLAMABLE.

Debido a las diferentes relaciones contractuales de los colectivos de trabajadores de la Junta de CyL debemos seguir dos fórmulas diferenciadas:

Última actualización el Lunes 13 de Mayo de 2013 20:03 Leer más...
 

CONDICIONES DEL RÉGIMEN DE AUSENCIAS AL TRABAJO

El martes día 15 de enero de 2013, se publicó en el BOCyL la ORDEN HAC/2/2013 en la que se dispone:

 

1. Esta ORDEN es de aplicación a todo el personal al servicio de la Administración General de la Comunidad de Castilla y León y sus Organismos Autónomos.

2. Se dispone de 4 días de ausencia, a lo largo del año natural, de los cuales sólo 3 podrán tener lugar en días consecutivos, siempre que estén motivadas en enfermedad o accidente, y no den lugar a incapacidad temporal. Ello exigirá la justificación de la ausencia en los términos establecidos en las normas reguladoras de la jornada y el horario de aplicación en cada ámbito.

3. Los días de ausencia al trabajo que superen los 4 días anteriores, motivados por enfermedad o accidente y que den lugar a una situación de incapacidad temporal, conllevarán una deducción de retribuciones del 50%.

 

I. T. en vacaciones

 

Según la sentencia que acaba de dictar el 21/06/2012 el Tribunal de Justicia de la Unión Europea (TJUE) y que es de aplicación en todos los países de la UE, durante el período de vacaciones, el trabajador que se ponga enfermo, por cualquier causa, tiene derecho a recuperar esos días de vacaciones posteriormente en otro período. Este derecho se concede con independencia del momento en que se produzca la incapacidad laboral temporal.

En España, los períodos de vacaciones se fijan de común acuedo entre el empresario y el trabajador, de acorde a lo reflejado en los convenios colectivos sobre la planificación anual de las vacaciones. El Derecho español establece asimismo que cuando el período de vacaciones conincide con un período de incapacidad temporal derivada del embarazo, del parto o de la lactancia natural, el trabajador tiene derecho a disfrutar posteriormente de las vacaciones que se solapen con la incapacidad. Sin embargo, la legislación española no regula los casos en que el período de vacaciones coincide con un período de incapacidad temporal derivada de una baja por enfermedad.

En su sentencia dictada, el Tribunal de Justicia precisa que carece de pertinencia el momento en que sobreviene la incapacidad. Por consiguiente, el trabajador tiene derecho a disfrutar de sus vacaciones anuales retribuidas conincidentes con un período de baja por enfermedad en un período posterior, con independencia del momento en que haya sobrevenido esa incapacidad laboral. En este contexto, el Tribunal de Justicia recuerda que el nuevo período de vacaciones anuales (que se corresponde con la duración del solapamiento entre el período de vacaciones inicialmente fijado y la baja por enfermedad) del que el trabajador puede disfrutar una vez dado de alta médica, puede fijarse, en su caso, fuera del período de referencia de las vacaciones anuales en cuestión.

 

Elecciones Sindicales febrero 2012

Pues no, no hemos  ganado las elecciones...

...pero un 17.9% de representación en personal funcionario es más que una victoria, es un síntoma de que los funcionarios no se han rendido, todavía queda partido y CGT ha entrado en el campo de juego.

Tampoco un 11,6% de los laborales creen que se haya terminado la películo, todavía queda la esperanza de que "ADMINISTRATOR", que es el malo, pague por los engaños y los fraudes con los que ha sembrado el camino.

El resultado obtenido por CGT permitirá, aunque intentarán impedirlo, tener la información que hasta ahora nos han negado. Gracias, esperamos estar a vuestra altura.

El compromiso de CGT con los trabajadores sigue en pie, aportaremos información de cuanto dispongamos y sermos el altavoz de las asambleas de trabajadores de la Junta de C y L.

Con estos resultado  nos van a tener que orír y se lo vamos a decir muy alto y muy claro:

NO VAMOS A PAGAR VUESTR INCOMPETENCIA

 


Página 8 de 9


Calendario 2019 Si no canto no es mi revolución



Guía antirrepresiva


Guía Laboral Precarias


Guía de Acción Sindical


Enlaces Confederales

Artículos Archivados

Powered by ArtTree