Sindicato Único de Burgos de la CGT

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Principal Secs. Sindicales Junta de Castilla y León CONDICIONES DEL RÉGIMEN DE AUSENCIAS AL TRABAJO

CONDICIONES DEL RÉGIMEN DE AUSENCIAS AL TRABAJO

El martes día 15 de enero de 2013, se publicó en el BOCyL la ORDEN HAC/2/2013 en la que se dispone:

 

1. Esta ORDEN es de aplicación a todo el personal al servicio de la Administración General de la Comunidad de Castilla y León y sus Organismos Autónomos.

2. Se dispone de 4 días de ausencia, a lo largo del año natural, de los cuales sólo 3 podrán tener lugar en días consecutivos, siempre que estén motivadas en enfermedad o accidente, y no den lugar a incapacidad temporal. Ello exigirá la justificación de la ausencia en los términos establecidos en las normas reguladoras de la jornada y el horario de aplicación en cada ámbito.

3. Los días de ausencia al trabajo que superen los 4 días anteriores, motivados por enfermedad o accidente y que den lugar a una situación de incapacidad temporal, conllevarán una deducción de retribuciones del 50%.

 


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