La CGT comparte los fundamentos del recurso, realizado por el abogado de la familia, y que se basa en la investigación realizada por la Inspección de Trabajo, aunque difiere de su conclusión, al eximir a la empresa de responsabilidad.
De la investigación se desprende que ni existía una evaluación de riesgos del trabajo que realizaba el fallecido en el momento de producirse el accidente, y que la empresa no garantizó la formación especifica para dicho trabajo. Hay que recordar que el principio de la Salud Laboral indica que el deber de protección del empresario es incondicionado y, prácticamente, ilimitado, debiéndose adoptar las medidas de protección que sean necesarias, cualesquiera que ellas fueran.
A la espera de la resolución del recurso, la CGT solicitará la personación en el procedimiento, ejercitando la acción popular, al objeto de coadyuvar a depurar responsabilidades del accidente mortal producido.
< Anterior | Siguiente > |
---|