Sindicato Único de Burgos de la CGT

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Principal Secs. Sindicales Michelín - Aranda de Duero Michelin, condenada por vulnerar la libertad sindical de CGT

Michelin, condenada por vulnerar la libertad sindical de CGT

El pasado mes de Octubre, la Sección Sindical de CGT en Michelín de Aranda de Duero, interpuso una demanda contra Michelín España y Portugal S.A. en el Juzgado de lo social Nº 3 de Burgos, por el incumplimiento del artículo 89 del Convenio Colectivo, que dispone una relación de garantías de las Secciones Sindicales de centro de trabajo.

La sentencia 488/09 del once de Noviembre de dos mil nueve, declara nula la decisión empresarial de negar a la sección sindical de CGT del centro de trabajo de Aranda de Duero, las garantías y derechos contemplados en los apartados a), b), c), e), f), g) y h) del articulo 89 del convenio colectivo, expresamente las referentes al acceso de información y documentación contempladas en el apartado f), condenando a la empresa a estar y pasar por tal declaración y al cese inmediato de su comportamiento antisindical.

Esperemos así, el comienzo de unas buenas relaciones laborales y sindicales con la empresa, a pesar de los intereses diferentes que nos toca defender a cada uno (nosotros, los derechos laborales y sindicales de todos los trabajadores), así como, para que dentro de un año, este sindicato pueda presentarse a las elecciones sindicales con toda la libertad y tranquilidad que se merece, y podamos formar parte del Comité de Empresa. Por ultimo agradecer y hacer un llamamiento a todos los compañeros y compañeras que estén interesados en formar parte de este sindicato que cada vez tiene más representación en Aranda y la Ribera. Recordar que todo el que lo desee puede ponerse en contacto con los delegados para todo lo que consideren en la dirección: Esta dirección electrónica esta protegida contra spambots. Es necesario activar Javascript para visualizarla

Artículo 89.- GARANTÍAS DE LAS S. SINDICALES DE CENTRO DE TRABAJO

Las Secciones Sindicales de Centro de Trabajo tendrán las siguientes garantías:
a) Ningún trabajador podrá ser discriminado en su trabajo por razón de su afiliación sindical. En el supuesto de medidas disciplinarias contra cualquier afiliado, por faltas graves o muy graves, salvo oposición expresa del interesado, la Empresa, junto al escrito razonado al interesado, entregará copia para el Delegado de la Sección Sindical a la que pertenezca.
b)Celebrar reuniones, previa notificación a la Empresa, recaudar cuotas y distribuir información sindical, fuera de las horas de trabajo y sin perturbar la actividad normal de la Empresa.
c)Recibir la información que le remita su Sindicato.
d)Las Secciones Sindicales de los Sindicatos más representativos y de los que tengan representación en el Comité de Empresa, dispondrán de tablones de anuncios situados en los talleres, en los que podrán insertar comunicaciones y anuncios de carácter sindical o laboral, a cuyo efecto dirigirán copia de las mismas, previamente, a la Empresa, quien no se opondrá a su publicación en tanto guarden el respeto a las personas o a la Empresa.
Igualmente, estas Secciones Sindicales tendrán derecho a la utilización de un local adecuado en el que el Delegado Sindical ejerza las funciones y tareas que, como tal, le corresponden.
e)Representar y defender los intereses del Sindicato a quien representan y de los afiliados al mismo en el Centro de Trabajo y servir de instrumento de comunicación entre su Sindicato y la R.E.
f)Tener acceso a la misma información y documentación que la Empresa ponga a disposición del Comité de Empresa, estando obligados los Delegados Sindicales a guardar el sigilo profesional exigido a los miembros del Comité de Empresa, en el artículo 76.
g)Ser oídas por la Empresa, previamente a la adopción de medidas de carácter colectivo en el ámbito del Centro de Trabajo respectivo, que afecten a los trabajadores en general y a los afiliados a su Sindicato en particular, y especialmente en los despidos y sanciones de éstos.
h)El ejercicio de las actividades sindicales no podrán interferir el trabajo de los restantes trabajadores, ni la marcha general de la producción. Los trabajadores que deseen dirigirse a sus Delegados Sindicales lo harán durante el tiempo del bocadillo.

 


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