Sindicato Único de Burgos de la CGT

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Sanidad

La prescripción enfermera


RD 954/2015 de 23 de octubre, BOE 23 de diciembre, regalo por el que se regula la indicación, uso y autorización de dispensación de medicamentos y productos sanitarios de uso humano por parte de las enfermeras.


¿Que regula?

a) Las actuaciones de la enfermeria en materia de indicación, uso y autorización de dispensación de medicamentos y productos sanitarios de uso humano, relacionados con nuestro ejercicio profesional.

b) La elaboración y validación de protocolos y guías de práctica clínica y asistencial para la indicación, uso y autorización de dispensación de medicamentos sujetos a prescripción médica .

c) El procedimiento de acreditación de las enfermeras y enfermeros, como requisito previo y necesario para el pleno desarrollo de las actuaciones referidas a la indicación, uso y prescripción de medicamentos.

En realidad, la mayor parte de los cuidados de enfermería, se realizan mediante “uso” de medicamentos o productos sanitarios.

Así es que, este decreto recorta la autonomía de la enfermería, hasta dejarla en un aspecto marginal del ejercicio profesional.

Fomenta la subordinación a los médicos y por tanto rompe el principio de colaboración imprescindible para el trabajo en equipo.

Lejos de solucionar algo, dificulta el trabajo y pone en entredicho la capacitación para funciones que vienen realizando actualmente empeorando el servicio a la ciudadanía.


Última actualización el Miércoles 02 de Marzo de 2016 21:22 Leer más...
 

CGT critica la continuidad del consejero de sanidad

CGT critica duramente la continuidad de Antonio María Sáez Aguado al frente de la Consejería de Sanidad por su nefasta política de personal y por provocar el
deterioro continuado de la Sanidad Pública en CyL.

Así CGT destaca la pérdida generalizada de poder Adquisitivo de los trabajadores:
• Recortes y congelación de los Salarios, de las Ayudas Sociales y Carrera Profesional.
• Pérdida de Derechos laborales como el aumento de la Jornada laboral a las 37,5 horas semanales, la reducción de Permisos retribuidos por familiares, la pérdida de los días por Antigüedad y Trienios.
• Se han reducido drásticamente las Plantillas, no cubriéndose la mayoría de las Vacantes por jubilación ni las sustituciones por bajas aumentándose las cargas de trabajo considerablemente.
• La eliminación de la mayoría de los contratos de nueva creación.
• Amortización de plazas de Médic@s de Familia y de Enfermer@s en el Medio Rural.

Última actualización el Jueves 30 de Julio de 2015 20:07 Leer más...
 

UNIDADES DE GESTIÓN CLÍNICA: TIJERETAZO POR Y PARA EL TRABAJADOR Y PACIENTES

Como  esperábamos desde CGT se ha producido la renovación  del pacto social entre los sindicatos corporativos (CEMS y SATSE) con SACyL; que curiosamente sucede días antes al acuerdo firmado por los mismos sindicatos y organizaciones de enfermería y médicos con el Ministerio de Sanidad, Servicios Sociales e Igualdad.

Última actualización el Viernes 23 de Agosto de 2013 08:23 Leer más...
 

AÑO 2013 UN AÑO PARA LUCHAR CONTRA EL AUMENTO DEL TRABAJO Y DE LA POBREZA

Logo_CGT_SANIDADPENÚLTIMOS RECORTES EN EL SACYL 

 A - Ley 9/2012 - BOCYL 28 de Diciembre de 2012 => Articulo 58 -Vacaciones retribuidas- 22 días hábiles. Articulo 59 -Permisos retribuidos. Articulo 60 -Permisos por Maternidad y Paternidad.Parto, adopción o acogimiento. Articulo 61 -Permisos por motivos de conciliación de la vida familiar y laboral y por razón de violencia de género..

JORNADA LABORAL = 365 DÍAS – 52 SÁBADOS – 52 DOMINGOS – 14 FESTIVOS – 22 DÍAS DE VACACIONES Y - 3 DÍAS DE ASUNTOS PROPIOS (MOSCOSOS). Se descontarán 14 horas a todos los turnos de los días 24 y 31 de Diciembre, días considerados no laborables, pero sí como trabajados.

JORNADA LABORAL ANUAL: 222 días x 7,50 horas = 1665 horas anuales. Turno Diurno: 1665 horas anuales. Turno Diurno con jornada complementaria: Con 30 guardias = 1515 horas. Turno Rotatorio: Con 42 noches = 1549 horas. Turno Nocturno Fijo: 149 noches = 1490 horas.Turnos Especiales: Médicos y Enfermeras de Área en ningún caso su jornada laboral será inferior a 1490 horas. Emergencias sanitarias: 1549 horas.

 B - Ley 10/2012 (BOCYL 28 de Diciembre de 2012). => Articulo 16 Las retribuciones a percibir en el año 2013 para el Personal de la Gerencia Regional de Salud no experimentarán incremento alguno en su cuantía respecto de los vigentes a 31-XII-2012. Disposición Transitoria Segunda de dicha Ley 10/2012 – Nombramiento de Personal interino y temporal, no se procederá a su contratación salvo en casos excepcionales. Disposición Adicional: Las bolsas de Empleo de Personal Estatutario durante el 2013 se abrirán por una sola vez, posibilitando la incorporación de nuevos candidatos así como la posible aportación de nuevos méritos.

¡SI LUCHAS PUEDES PERDER!

¡SI NO LUCHAS ESTAS PERDIDO!

Última actualización el Martes 15 de Enero de 2013 13:56
 


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